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Estos son los pasos a seguir y las posibles consecuencias de la denuncia del Sevilla contra Real Madrid TV

Este sábado hemos sabido que el Sevilla ha decidido denunciar ante el Comité de Competición el vídeo que Real Madrid TV ha realizado contra el colegiado de mañana ante el equipo andaluz, Díaz de Mera.

Lo normal es que ahora la RFEF nombre un juez instructor para este procedimiento que podría durar hasta un mes y donde será cuando tendrá que elevar una propuesta de sanción al Comité de Competición. Y donde todo indica que no podrá haber propuesta alguna.

El problema radica en el vacío legal existente a este respecto porque la ley general de comunicación audiovisual le permite a cada medio tener su propia línea editorial y programación.

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No olvidemos que es el artículo 106 del Código Disciplinario relativo a las declaraciones a través de cualquier medio sobre los miembros del colectivo arbitral o miembros de los órganos de garantías normativas, donde se recogen las posibles sanciones. En el mismo deja claro que ” La realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral o de los órganos de la RFEF; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados”.

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En-Nesyri, celebrando un gol durante el Sevilla-Real Madrid de la primera vuelta

Raul Caro / EFE

Cuando se trate de “futbolistas, técnicos/as, preparadores/as físicos, delegados/as, médicos/as, ATS/FTP o encargados/as de material” establece una sanción de partidos y económica “de cuatro a doce partidos de suspensión y multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros”

Y también recoge la posibilidad de los clubes . “Tratándose de directivos/as, clubes o cualquier otra persona o entidad, con multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros.”

Pero en este caso el club es el propietario del canal pero no tiene porque serlo de los contenidos que emite. Y este escenario legal impide inicialmente cualquier denuncia vía federativa con consecuencias para el club blanco por el vídeo sobre la actuación arbitral 

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